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Bogotá

Carros híbridos no estarán exentos en el día sin carro y sin moto

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Carros híbridos no estarán exentos en el día sin carro y sin moto

La Alcaldía Mayor de Bogotá expidió el Decreto 388 del 19 de septiembre de 2022, con el que informa de las diferentes medidas que se adoptarán el Día sin carro y sin moto, el próximo jueves 22 de septiembre.

Esta iniciativa, afirma la Alcaldía, es para “incentivar la equidad en el espacio público, la transformación cultural, hacia la movilidad sostenible y proteger la calidad del aire”.

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Igualmente, resalta que la prohibición de la circulación de vehículos automotores y motocicletas de la ciudad de Bogotá el día 22 de septiembre será “en el horario comprendido entre las 5:00 a.m. y 9:00 p.m.”

En el comunicado, especifican que tipo de vehículo sí pueden transitar y aclaró que los híbridos (que tienen motor de combustión interna y motor eléctrico) no pueden salir el día sin carro ni moto.

Los vehículos que son la excepción:

  • Vehículos y motocicletas conducidos por personas en condición de discapacidad o para su transporte.
  • Vehículos de emergencia.
  • Transporte escolar.
  • Vehículos de transporte con capacidad para movilizar más de 10 pasajeros.
  • Vehículos y motocicletas de las empresas de transporte de servicios públicos domiciliarios.
  • Motocicletas de vigilancia y seguridad privada.
  • Carrozas fúnebres.
  • Motocicletas que prestan el servicio de mensajería y/o domicilio.
  • Vehículos de transporte de valores.
  • Transporte público.
  • Vehículos y motocicletas para el control del tráfico y las grúas que prestan el servicio a la Secretaría Distrital de Movilidad.
  • Caravana presidencial.
  • Vehículos y motocicletas militares, de Policía Nacional y de organismos de Seguridad del Estado.
  • Vehículos y motocicletas de servicio diplomático o consular.
  • Transporte asignado por la Unidad Nacional de Protección a personas que tengan medidas de protección.
  • Vehículos y motocicletas destinados para el control operacional y el mantenimiento del Sistema Integrado de Transporte Público.
  • Transporte para el control de emisiones y vertimientos.

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