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Bogotá

Estas son las medidas que deberán cumplir los motociclistas a partir de este lunes

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Estas son las medidas que deberán cumplir los motociclistas a partir de este lunes
Foto: Prensa Sector Movilidad

A partir de este lunes -18 de abril- los motociclistas deberán cumplir con algunas medidas ordenadas por la Alcaldía de Bogotá.

El pasado 8 de abril, la alcaldesa Mayor, Claudia López publicó el decreto con las restricciones a motocicletas y otras medidas para mitigar la inseguridad en la capital del país.

Identificación de motociclistas y pasajeros

La primera que empezará a ser efectiva desde este lunes será la identificación de los usuarios y pasajeros de motocicletas.

De acuerdo con el Decreto 119 de 2022, tanto los conductores como sus acompañantes deberán llevar un distintivo con la placa del vehículo en la parte posterior externa del casco.

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Esta deberá ser una calcomanía o impresión sobre fondo oscuro y letra blanca; sin ningún elemento o diseño que impida u obstruya su visibilidad, las letras y números deben ser reflectivos, tipo arial, cuyo tamaño será de 3.5 centímetros de alto y un ancho de trazo de 1 centímetro.

La Alcaldía recomendó que la calcomanía no se confunda con el diseño del casco, por lo que aconsejó “un borde reflectivo que diferencie el espacio de los demás colores” y así el sistema podrá identificar más fácilmente las motocicletas.

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La identificación del casco es obligatoria, no obstante, si el motociclista lo encuentra pertinente y desea adicionar las placas de la moto en el chaleco o indumentaria, lo deberá realizar bajo las mismas características cuyo tamaño será mínimo de nueve centímetros de alto por cuatro centímetros de ancho por cada letra o número.

Para esta medida, no habrá periodo pedagógico, ya que, según la Alcaldía se divulgó con antelación la norma por lo que a partir del lunes se impondrán multas.

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Quienes incumplan estas normas podrán ser sancionados. De acuerdo al numeral C.24 de la Ley 1383 de 2010, “el conductor y/o propietario de un vehículo automotor que incurra en conducir motocicleta sin observar las normas establecidas”, será sancionado con una multa equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes, es decir, alrededor de $500.000.

Restricción del parrillero

A partir del jueves 21 de abril, se restringirá el tránsito de motocicletas con acompañante hombre desde las 7:00 p.m. y hasta las 4:00 a.m. del día siguiente, los días jueves, viernes y sábado. Esta medida tendrá excepciones:

  • La restricción no será adoptada para las motocicletas pertenecientes a la Fuerza Pública.
  • Personal de seguridad privada que se encuentre en ejercicio de sus funciones.
  • Personal que transporta personas con discapacidad.
  • Personal que presta servicios para aseguradoras y personas jurídicas que tienen por finalidad brindar asistencia de “conductor elegido” o asistencia técnica automotriz.

Aquí puede leer nuevamente el DECRETO 119 DE 2022 (medidas seguridad)

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