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Bogotá

Estos son los requisitos necesarios para usar el espacio público para su negocio

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Restaurantes en Bogotá

Bogotá inició a partir de este 1 de septiembre una reapertura económica tras seis meses de aislamiento obligatorio por el COVID-19.

Dicha reactivación y mediante la resolución 3818 de 2020, permite a establecimientos comerciales usar el espacio público de forma temporal durante la calamidad pública por el coronavirus.

Para ello, el Distrito dio a conocer los requisitos para operar en el espacio público, dichos documentos son:

Carta de solicitud, copia de la cédula del propietario del predio o poseedor del establecimiento comercial, certificado de Cámara y Comercio y RUT.

Además, demostrar mediante certificado el cumplimiento de los protocolos de bioseguridad, esquema de ubicación de elementos y fotos del andén a utilizar y fotos del establecimiento.

“El permiso otorgado corresponde a la posibilidad de utilizar el espacio público frente del predio donde funciona cada establecimiento y/o local comercial y hasta máximo en 3 metros de la red de andenes, siempre y cuando se garantice una franja peatonal libre y continua de mínimo 2.50 metros de ancho de anden existente”, según la resolución.

Cuando exista ciclorruta sobre el andén, se permitirá́ actividad comercial solo en aquellos ejes en los cuales se disponga de una franja de circulación peatonal libre y continua de mínimo 2.50 metros de anden existente.

El trámite para obtener el permiso de bioseguridad en el espacio público debe adelantarse en la página web www.bogotaacieloabierto.gov.co.

Una vez se tengan todos los documentos podrán radicarse de manera presencial en las ventanillas de radicación del IDU ubicadas en la calle 22 No. 6 – 27 primer piso, o a través del correo electrónico correspodencia@idu.gov.co, con carta dirigida al Director Técnico de Administración de Infraestructura.

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