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Economía

“Edad de retiro forzoso no aplica a junta del Banco de la República”: Corte Constitucional

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Banco de la República

La Corte Constitucional determinó que la edad de retiro forzoso que es de 70 años para los funcionarios públicos no aplica para los miembros de la junta directiva del Banco de la República.

La decisión fue tomada este miércoles por la Sala Plena de la Corte por unanimidad, con ocho votos a favor y el impedimento de la magistrada Cristina Pardo.

Con este fallo, la Corte Constitucional despeja el camino para una reelección del actual gerente del Banco de la República, Juan José Echavarría, quien está próximo a cumplir 70 años.

En efecto, la Corte Constitucional, con ponencia del magistrado Antonio José Lizarazo, declaró ajustado a la constitución el artículo 1 de la ley 1821 en el que se indica que “la edad máxima para el retiro forzoso del cargo público no se aplicará a los miembros de la junta directiva del banco de la república”.

La demanda contra la norma había sido presentada por una ciudadana en agosto de 2019.

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