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Justicia

Terceros civiles solo serán llamados a la JEP por delitos graves

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26/10/2017

La Justicia Especial para la Paz no será obligatoria para los terceros civiles o agentes del Estado que hayan sido extorsionados por grupos criminales, pero si llamará a proceso a aquellos que fueron determinantes en crímenes de guerra o de lesa humanidad, dijo a CM& uno de los ponentes de la ley estatutaria, Hernán Penagos.

La ponencia de la Ley Estatutaria de la Justicia Especial para la Paz, que comenzará a debatir el Senado la semana entrante, fija los requisitos que  deberán cumplir quienes quieran acogerse a la JEP.

Tendrán que aportar: verdad plena, reparar a las víctimas y garantizar no repetición.

Los incumplimientos serán castigados con cárcel para civiles y guerrilleros desertores o con reclusión especial para miembros la Fuerza Pública, según propuestas que presentó el fiscal.

“En su gran mayoría fueron acogidas las propuestas del fiscal. Por ejemplo en temas como los desertores, los disidentes, los delitos continuados, los testaferros y la conformación futura de organizaciones rebeldes o bandas criminales. Asuntos que ya quedaron en la ponencia”, dijo a CM& el ponente de la Ley Estatutaria, representante de la U, Hernán Penagos.

Sobre la participación política de las Farc, sus candidatos a cargos de elección popular deberán expresar formalmente su voluntad de acogerse a la JEP y una vez elegidos no podrán evitar restaurar a las víctimas, como tampoco podrán ejercer quienes sean sancionados con penas de prisión. 

Serán competencia de la JEP los colaboradores voluntarios de los grupos “paras” o de otra clase, es decir, quienes hayan tenido participación activa o determinante en la comisión de crímenes relacionados con el conflicto.

“Frente al tema de terceros, queda claro que la participación de ellos en la JEP es voluntaria. Quien haya sido coaccionado, extorsionado, no es un procesado sino que es víctima y por lo tanto puede ir a reclamar sus derechos”, explicó Penagos.

Luego insistió en que “quienes hayan sido determinantes en delitos de lesa humanidad, graves violaciones a los derechos humanos, sí tienen que acudir a la JEP. 

La JEP investigará acusaciones que resulten de compulsas de copias por actuaciones dentro de la jurisdicción de Justicia y Paz que operó para los paramilitares.

Tendrá competencia sobre miembros de la fuerza pública que hayan cometido delitos relacionados con el conflicto, Incluyendo falsos positivos.

Irán a la justicia ordinaria: los desertores, reincidentes, disidentes, terceros civiles, militares, policías o ex-Farc que sigan delinquiendo.

Ellos no recibirán beneficios de la JEP y les revocarán los beneficios recibidos.  

Para el congresista, esta ponencia se ha construido con los argumentos de la Fiscalía, los congresistas y el Gobierno.

Es una ponencia que se lleva a los próximos dos debates en Senado y Cámara, que se va a seguir construyendo de tal manera que haya consenso no solamente en la rama judicial, con la Fiscalía, sino también con los gremios y con el Congreso”, manifestó Penagos.

Queda pendiente un punto crucial por acordar entre el Gobierno, el Congreso y el fiscal en relación con las funciones de la Fiscalía mientras entra a operar la JEP.

Carlos Ruiz – CM&

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