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Nacional

Corte Suprema y Fiscalía se enfrentan por tema de la dosis mínima

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La Corte Suprema de Justicia reafirmó su posición frente al tema de la dosis mínima y le salió al paso a las afirmaciones de la Fiscalía General, la cual aseguró que los expendedores de droga quedan en libertad argumentando que la utilizan para uso personal.

En un trino de la Corte Suprema, el Presidente de la Sala Penal Luis Hernández señaló que la Fiscalía hace bien en perseguir a los expendedores de estupefacientes, no en criticar posturas de la Corte de no condenar a consumidores como traficantes.

De esta manera respondió al Fiscal General, Néstor Humberto Martínez, quien señaló que los expendedores de droga están quedando en libertad al momento de su detención porque aseguran que la droga incautada es para su uso personal, por lo que anunció que presentará un proyecto para reformar el porte de la dosis mínima.

Frente al tema de la dosis mínima la posición de la Corte Suprema ha sido la misma desde hace un tiempo argumentando que una persona puede llevar más de la dosis mínima permitida por la ley, si es para su consumo personal.

En una sentencia reciente absolvió a un habitante de la calle que fue condenado a 64 meses de prisión por portar 47 papeletas de cocaína. Esta persona fue detenida en las calles de Cali por la Policía y dijo tener esa droga para su consumo personal.

El Tribunal Superior de Cali lo encontró responsable del delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes, revocando de esa manera la sentencia absolutoria que un juez de esa ciudad había proferido a su favor.

El proceso llegó a la Corte Suprema que tumbó la sentencia del Tribunal al reiterar que es obligación de la Fiscalía General demostrar que la droga hallada a una persona tiene un uso diferente al del consumo propio.

En este caso la Fiscalía señaló que la droga incautada al condenado no podía ser para su consumo personal porque un habitante de la calle no tiene el dinero suficiente para comprar 47 papeletas de cocaína.

Sin embargo, para la Sala Penal de la Corte el hecho de encontrar la sustancia incautada empacada en papeletas, no muestra nada diferente a que lo habitual en materia de microtráfico de sustancias prohibidas es que la droga sea vendida en dosis menores. 

“No constituye más que una afirmación hipotética decir que las personas que habitan en la calle y consumen sustancias estupefacientes no tienen dinero para comprarlas. Esto demuestra que la Fiscalía no probó que el condenado tuviera un propósito diferente al de consumir la sustancia que le fue incautada”, indica la sentencia.

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