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Consejo de Estado confirma sanción a Cemex por ‘Cartel de Fijación de Precios del Cemento’

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Consejo de Estado confirma sanción a Cemex por ‘Cartel de Fijación de Precios del Cemento’

El Consejo de Estado, mediante sentencia del 14 de junio de 2018, confirmó las sanciones por valor de 923 y 138 millones de pesos, impuestas por la Superintendencia de Industria y Comercio a la sociedad Cemex Colombia S.A. y a su representante legal, César Constain Van Reck, por infringir el régimen legal de libre competencia.

La providencia explicó en qué consistía la práctica conscientemente paralela, que se configura cuando varias empresas presentan comportamientos económicos coincidentes durante un periodo de tiempo determinado y aclaró que la mera ocurrencia de una conducta paralela no necesariamente debe ser entendida como una conducta violatoria del régimen de libre competencia.

En el fallo se advierte el surgimiento de indicios sobre la existencia de acuerdos de repartición de mercados y de asignación de cuotas de producción entre las empresas Cemex Colombia S.A., Holcim Colombia S.A. y Argos, que incidían en el comportamiento de los precios, la afectación de la oferta y el manejo de las ventas del cemento gris a nivel nacional.

La Sección Quinta precisó que estas prácticas paralelas se convierten en un acuerdo anticompetitivo, si se logra demostrar que las compañías investigadas adoptaron los comportamientos de manera consciente, esto es, en un ambiente de conocimiento y de connivencia con sus competidores.

La Sala encontró indicios de la forma como Argos entregaba a Cemex y a Holcim los puntos de participación de Cementos Andino en el mercado nacional, actuación que se interpretó como un acuerdo de concertación en la distribución del mercado del cemento.

Al mismo tiempo valoró un documento que planteaba la estrategia de Argos para mantener un escenario de competencia equilibrado entre las cementeras dominantes, así como diversos correos con intercambio de información privilegiada entre las investigadas, que llevaron a la Sala a considerar que sí se configuró el elemento consciente, derivado de la concertación de las cementeras para mantener el equilibrio del mercado.

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