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Nacional

Corte explica fallo sobre prohibición de consumo de alcohol o sustancias psicoactivas

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La Corte Constitucional aclaró el fallo que tumbó las normas del Código de Policía que prohíbe el consumo de alcohol o sustancias psicoactivas en el espacio público.

Según el alto tribunal, la prohibición que contenía este Código, pese a que tenía como fin el cuidado de lo público, no explica la relación entre el consumo y un presunto daño a los lugares públicos.

“No se advierte ni se dan elementos de juicio que permitan establecer una relación clara de causalidad entre el consumo de las bebidas y las sustancias psicoactivas en general, y la destrucción o irrespeto a la integridad del espacio público”, indica el comunicado de la Corte.

Aunque la corporación reconoce que los derechos no son absolutos, aclara que esto no exime al juez de analizar si las restricciones que se pretenden adoptar son razonables.

“No obstante, reconocer que ningún derecho fundamental es absoluto bajo un Estado social y democrático de derecho no implica, en modo alguno, aceptar que toda limitación que se imponga a un derecho, en virtud de la protección de los derechos de los demás, sea razonable y proporcionada constitucionalmente”, puntualizó el alto tribunal.

Finalmente, la Corte concluyó que, en cualquier caso, la Policía tiene la responsabilidad de actuar en situaciones que pretenden dañar el espacio público.

La decisión fue adoptada por la mayoría de los magistrados, pero el abogado Carlos Bernal salvó su voto por no estar de acuerdo con la posición de la mayoría.

Nancy Torres Leal 

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