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Corte protege derechos de periodista a trabajar en un ambiente libre de violencia y discriminación

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Corte protege derechos de periodista a trabajar en un ambiente libre de violencia y discriminación

La Corte Constitucional, con ponencia de la magistrada Cristina Pardo Schlesinger, protegió los derechos de la periodista Claudia Vanessa Restrepo Barrientos a la igualdad material, a no ser discriminada por razones de género y a gozar de un ambiente de trabajo libre de violencias, debido a una acción de tutela interpuesta por la periodista contra el periódico El Colombiano.

En junio de 2019 la periodista puso en conocimiento de la directora del medio de comunicación que había sido abusada sexualmente por un compañero de trabajo y pidió que se tomaran medidas al respecto para alejar a esa persona mientras el proceso penal avanzaba, así como solicitó el diseño y puesta en marcha de un protocolo institucional claro de prevención y atención de casos de violencia sexual y de género.

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Sin embargo, relató que la empresa se abstuvo de tomar medidas efectivas, pretextando, entre otros aspectos, que la situación denunciada ocurrió fuera de las instalaciones de la empresa.

La Sala Séptima de Revisión concluyó que el periódico vulneró los derechos de la periodista, puesto que no le brindó una ruta de atención, acompañamiento y apoyo claro y eficaz, con enfoque diferencial y de género, que hiciera factible su estabilidad emocional para permitirle continuar con su actividad laboral libre de angustia y zozobra.

Por el contrario, fue revictimizada en varias oportunidades, sin ofrecerle una opción de protección real, concordante con las obligaciones de prevenir, investigar y erradicar la violencia contra las mujeres periodistas.

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La Corte también reprochó que los jueces en primera y segunda instancia no hicieron un análisis detallado de la situación antes de negar la tutela.

En ese sentido y teniendo en cuenta que la renuncia no produce efectos jurídicos, la Sala ordenó a la empresa demandada reintegrar a la accionante y pagarle los salarios y prestaciones dejados de percibir desde el momento de su desvinculación hasta su efectivo reintegro. En caso de que la periodista opte por no regresar al empleo, de todas formas el medio deberá cumplir con el pago de todas las obligaciones.

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