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Nacional

Corte Suprema de Justicia pide acciones inmediatas a favor de La Guajira

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Al fallar una tutela la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia lamentó la situación por la que atraviesa el departamento de La Guajira, dado a la escasez de agua potable que se presenta en varios municipios de esa región del país, entre ellos Manaure.

El alto tribunal con ponencia del magistrado Fernando Castro, cuestionó el hecho de que el Ministerio de Vivienda aún no ha adoptado políticas públicas “tendientes a minimizar la situación de vulnerabilidad” de ese grupo poblacional. Recordando que allí se presenta una “crisis humanitaria” que padece la población indígena, dado a la falta de agua potable.

La corporación judicial recalcó que el derecho al agua, no solo se “reduce al suministro ocasional del líquido”, pues el Estado está en la obligación “de garantizar un flujo de disponibilidad constante, libre de contaminación y accesible a todos los sectores del territorio nacional”, al advertir que de ello dependen “gran parte las actividades cotidianas y su existencia en condiciones de dignidad”.

El pronunciamiento lo hizo la Corte a estudiar una tutela presentada contra el Ministerio De Vivienda, Ciudad Y Territorio, y la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo E.S.P. del municipio de Manaure, en la que solicitaban la adecuada prestación del servicio de acueducto para las comunidades étnicas “sin que hasta el momento se atiendan sus pedimentos”.

La Corte advirtió que la crisis humanitaria que agobia al departamento de La Guajira y sus habitantes, especialmente, sus minorías étnicas, indígenas y afrodescendientes no ha sido ajena a la administración de justicia.

De ahí que recordara que “la obligación de la adecuada prestación de los servicios públicos esenciales, entre ellos, el de alcantarillado, agua potable y saneamiento básico, recae en varias entidades y entre ellas, el Ministerio de Vivienda, Ciudad Y Territorio, y la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo E.S.P. del municipio de Manaure”.

Por ello ordenó a las entidades planificar, programar y ejecutar acciones “tendientes a garantizar el derecho fundamental al agua de la población Wayuu”.

La Corte igualmente cuestionó que dos años después de que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), ordenara medidas cautelares a favor de las comunidades de La Guajira, esto no ha conjurado la grave situación de escasez del líquido vital “lo que afecta palmariamente también a los niños, niñas y adolescentes de las comunidades indígenas”.

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