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Nacional

Corte Suprema rechaza acoso sexual en el ámbito laboral

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En un comunicado, la Corte Suprema de Justicia declaró que el acoso sexual en el ámbito del trabajo corresponde a uno de los problemas “de discriminación de género”, como una forma específica de violencia contra las mujeres, cuya visibilización, erradicación y reparación les corresponde asumir a todas las sociedades que se precien de justas.

La Corte determinó que este fenómeno se ha visto “desnaturalizado” y ha pasado a formar parte de las relaciones de poder que se establecen en el ámbito laboral como un “flagelo silencioso” que lesiona principios, garantías y derechos fundamentales como “la igualdad, la no discriminación laboral en razón del sexo, la vida, la estabilidad en el empleo, la intimidad, los derechos y libertades sexuales, y los derechos económicos”.

A juicio de la Sala de Casación Laboral, “todo ello contribuye a perpetuar la subordinación de la mujer en la sociedad, pues el acoso u hostigamiento sexual es un hecho real que las afecta en mayor proporción”.

Este pronunciamiento se produjo al ratificar la absolución de una empresa de la ciudad de Bucaramanga que despidió, por justa causa, a quien fuera uno de sus gerentes, “cuyos comportamientos de acoso sexual laboral produjeron una situación de angustia o miedo en mujeres trabajadoras de la compañía”.

La sentencia de la Corte destaca que cuando un asunto de este talante es puesto en manos de la justicia, al juez le corresponde propender por el equilibrio entre los géneros y el respeto por los grupos poblacionales que históricamente han sido segregados, “como las mujeres trabajadoras”.  

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