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Nacional

Corte tumba norma que generaba un “enriquecimiento sin causa” del Estado

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La Corte Constitucional declaró inconstitucional un componente del Plan de Desarrollo pues en su criterio genera un “enriquecimiento sin causa del Estado a expensas del patrimonio de iniciativas privadas”.

La Corte tumbó la disposición que le otorgaba al Estado los excedentes que quedaran en los procesos de evaluación de los proyectos de Asociación Público Privados de iniciativa privada, contemplados en el artículo 116 del Plan de Desarrollo del Gobierno de Iván Duque.

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“Por tratarse de una restricción a un contrato mercantil que impone una situación que afecta los recursos aportados por el originador privado a favor de los del tesoro nacional, existen indicios importantes de afectación del derecho a la propiedad y de enriquecimiento sin causa del Estado”, indica la decisión.

“La Corte insistió en que la constitución del patrimonio autónomo que surge de un contrato de fiducia mercantil corresponde totalmente a recursos privados (..) la sala plena precisó que, en este caso, el aparte acusado elimina la posibilidad de que en el contrato fiduciario se pacte que el originador reciba los excedentes. Por tanto le impone al originador la no recuperación de los mismos que, como ya se explicó, no son recursos públicos”, dice la Corte.

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