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Nacional

Destituyen a dos policías por el homicidio de ocho detenidos en incendio en CAI de Soacha

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Soacha Policía CAI Incendio

La Procuraduría General de la Nación sancionó con destitución e inhabilidad por 16 años y seis meses a la entonces subcomandante de la estación de Policía de San Mateo en Soacha, subteniente Aleida del Pilar González Quiróz y al patrullero Jorge Eliécer Suárez Orduz, por su responsabilidad en la muerte de ocho personas durante un incendio ocurrido al interior del CAI el 4 de septiembre de 2020.

El procurador sexto delegado ante el Consejo de Estado, Antonio José Núñez, aseguró que los uniformados sancionados actuaron con dolo y no desplegaron acciones para salvaguardar la vida de los detenidos pese a que se estaban quemando.

Los sancionan, concretamente, por los cargos de homicidio, y lesiones por perturbación funcional a título de dolo.

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Al patrullero Suárez Orduz le reprochan que, siendo el custodio de los detenidos y quien tenía las llaves de la celda en la que se encontraban, hubiera abierto la reja “cuando ya estaban quemados”. El procurador insistió que el patrullero les gritó a los detenidos “pues quémense”.

“Los  delitos de homicidio y lesiones por perturbación funcional que conforme al análisis probatorio se ajustan al comportamiento del patrullero, pues como custodio de la sala de los detenidos omitió realizar actos positivos para salvaguardar la vida e integridad de las 11 personas privadas de la libertad, entre ellos abrir la reja, que permitiera la salida de estas personas a un área segura y evitar, impedir e interrumpir la exposición al fuego que finalmente los condujo a la muerte”, advirtió el procurador.

A la subteniente González le endilgan las mismas faltas. Como oficial de la Policía no impartió órdenes oportunas para que el patrullero abriera la celda.

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Otra suerte corrió el excomandante de la estación, teniente César Augusto Martínez, pues fue absuelto.

“Aun cuando no hay duda que por su condición de comandante ostentaba la posición de garante como supervisor de los servicios prestados por los subalternos (…) se demostró que el oficios no estaba en las instalaciones policiales ni le fue comunicada oportunamente la emergencia”, agregó el procurador Núñez.

La defensa del patrullero y de la teniente apelaron la decisión y por tanto no ha quedado en firme.

El Ministerio Público compulsó copias a la Fiscalía y a la Policía Nacional de esta decisión.

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