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Duque firma decreto que amplía plazo para internación temporal de vehículos venezolanos

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Duque firma decreto que amplía plazo para internación temporal de vehículos venezolanos

A través del Decreto 2453 firmado por el presidente Iván Duque, el Gobierno amplia los plazos para presentar la solicitud y la renovación de la autorización de internación temporal de vehículos de distinto tipo, que ingresan y circulan especialmente en zonas fronterizas.

El documento indica que los vehículos, motocicletas o embarcaciones fluviales menores que correspondan a modelos matriculados hasta el 19 de agosto de 2015,  y que hayan ingresado desde Venezuela a territorio colombiano y circulen en las llamadas Unidades Especiales de Desarrollo Fronterizo sin tener la autorización de internación temporal respectiva, “deberán proceder a solicitar dicha autorización ante la autoridad competente antes del 27 de junio de 2020, para lo cual deberán cumplir los requisitos establecidos en el presente artículo, con excepción de los numerales 3 y 7”.

Asimismo, el decreto establece que los vehículos menores con matrícula de un país vecino, que al 27 de diciembre de 2017 contaban con autorización de internación temporal vigente, “deberán realizar el trámite de renovación de la autorización de internación temporal antes del 27 de junio de 2020, para lo cual deberán cumplir con los requisitos establecidos en el presente título, so pena de la aplicación de las medidas de aprehensión y decomiso”.

La norma señala, finalmente, que durante este tiempo, los propietarios de los vehículos descritos tendrán que presentarse ante la autoridad competente de la Unidad Especial de Desarrollo Fronterizo en la que se encuentren, para realizar el registro y la normalización de los mismos, acreditando el cumplimiento de los requisitos establecidos en la norma.

El documento también fue firmado por los ministros de Relaciones Exteriores, Carlos Holmes Trujillo; Hacienda, Alberto Carrasquilla; Comercio, José Manuel Restrepo, y Transporte, Ángela María Orozco.

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