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Nacional

Empresas no pueden obligar a empleados a usar uniformes que afecten su género

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Al fallar una tutela la Corte Constitucional protegió los derechos de las personas transexuales, en su entorno laboral, al advertir que los patronos no pueden imponer a un empleado el uso de un uniforme que no se ajuste a su género.

Señaló el alto tribunal que no existe ninguna “justificación para que el empleador obligue a un trabajador a usar una vestimenta contraria al género con el que realmente se identifica así no coincida con su sexo biológico”.

Explicó la corporación judicial que “el uso del uniforme no es un hecho aislado en la relación laboral sino que materializa el ejercicio de otros derechos, pues como lo ha reconocido esta corporación ‘la indumentaria’ y demás aspectos relacionados con la apariencia física construyen la imagen que expresa la propia identidad, razón por la que están protegidas por el derecho al libre desarrollo de la personalidad”.

Este pronunciamiento lo hizo la Corte al estudiar el caso de una persona que solicitó el cambio de uniforme en la empresa en la que labora, al argumentar que este resaltaba sus rasgos femeninos y no se sentía cómodo.

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