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Nacional

Fijan reglas para calcular la pensión de los magistrados beneficiarios del régimen de transición

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Fijan reglas para calcular la pensión de los magistrados beneficiarios del régimen de transición

El Consejo de Estado determinó que los magistrados de altas cortes y servidores de la Procuraduría que fueron beneficiados por el régimen de transición, que calculó sus pensiones con las reglas que regían antes de la Ley 100 de 1993, no pueden tener una pensión equivalente al 75 % del salario más alto que hallan devengado en el último año de servicios, cómo disponía dicho régimen.

El pronunciamiento lo adoptó al analizar una demanda radicada por la exconsejera de Estado Stella Conto Díaz del Castillo, quien salió de la alta corte en el año 2018, y a quien le negaron la posibilidad de recibir una pensión con el 75% de su último sueldo, como disponía el Decreto 546 de 1971.

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El Consejo de Estado fijó que si para el 1º de abril de 1994 les faltaban 10 años para pensionarse, su mesada se calculará con el promedio de los ingresos que recibieron durante los últimos 10 años de servicios, siempre y cuando hayan cotizado en el sistema de seguridad social.

Si para el 1 de abril de 1994 les faltaban menos de 10 años para acceder a la pensión, se deberá promediar lo devengado durante esos años.

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