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“Hijos de crianza hacen parte de la familia”: Corte Constitucional

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“Hijos de crianza hacen parte de la familia”: Corte Constitucional

La Corte Constitucional advirtió que los hijos de crianza tienen derecho a ser afiliados a una EPS, así los padres no tengan un certificado de adopción.

El pronunciamiento fue hecho al fallar una tutela a favor de una niña que no había podido afilarse a una EPS del régimen contributivo por no vivir con sus padres biológicos.

La menor fue entregada a los padrinos, porque la madre no podía tenerla, y desde los cinco años comenzó a vivir con ellos en Garzón, Huila. Desde entonces han velado por la formación de la niña, por lo que ella los reconoce como sus padres y forman una familia.

Sin embargo, ante la solicitud de afiliación, la EPS manifestó que los acudientes debían contar con un documento que certificara la custodia legal de la niña porque los hijos de crianza no hacen parte del grupo familiar básico.

El alto tribunal afirmó que la niña sí pertenece a una familia de crianza en la que existen vínculos de afecto, respeto, comprensión y protección que se han consolidado a partir de la convivencia.

“Como consecuencia de lo anterior, es claro que la niña depende económicamente de su familia de crianza, pues son sus miembros quienes le brindan vivienda, alimentación, vestuario, educación, entre otros, y, en vista de que no cuenta con un servicio de salud integral, han asumido los gastos de las citas médicas y odontológicas requeridas para la atención adecuada en salud”, explicó la sentencia.

La Corte ordenó a la EPS afiliar a la niña de manera adicional, mientras los padres de crianza legalizan su situación y obtienen los certificados necesarios.

Nancy Torres Leal

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