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Nacional

Incautan insólito juego de ajedrez con 140 tarántulas vivas que iba a ser exportado a México

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Incautadas tarántulas que iban a ser exportadas ilegalmente desde Bogotá hasta México

En las últimas horas la Secretaría de Ambiente de Bogotá logró recuperar, en conjunto con la Policía Ambiental y Ecológica, más de 140 tarántulas que iban a ser enviadas desde el aeropuerto El Dorado hasta un país de Centroamérica.

La incautación se dio gracias al llamado de alerta de una empresa de encomiendas, que reportó la presencia de objetos extraños al momento de hacer la revisión por los escáneres de la terminal de carga.

Una vez los profesionales de la Secretaría de Ambiente y miembros de la Policía Ambiental y Ecológica acudieron al lugar para verificar la carga, se determinó que al interior de un juego de ajedrez iban camufladas 143 tarántulas del suborden Mygalomorphae.

Una vez revisadas y valoradas cada una de las especies, los profesionales de la Secretaría de Ambiente determinaron que 131 tarántulas se encontraban vivas, mientras que 12 estaban muertas. Los animales eran transportados en precarias condiciones en bolsas plásticas, lo que no les permitía una adecuada ventilación.

La encomienda, que tenía como destino final Ciudad de México, no contaba con los respectivos permisos o licencias ambientales y salvoconductos que ampararan su aprovechamiento, movilización o comercialización. Las autoridades ambiental y policiva comenzaron las investigaciones para determinar el remitente y destinatario, y así iniciar los respectivos procesos sancionatorios.

Los animales fueron trasladados al Centro de Atención, Valoración y Rehabilitación de Flora y Fauna Silvestre, donde profesionales de la Secretaría de Ambiente realizan la atención médica, nutricional y biológica necesaria para estabilizarlos.
Después de determinar los lugares de procedencia de estos artrópodos, se evaluará si se realiza la liberación o reubicación.

La Ley 1333 de 2009 contempla multas diarias hasta por cinco mil (5.000) salarios mínimos mensuales legales vigentes y la restitución y/o la restauración del daño, sin perjuicio de las acciones civiles, penales y disciplinarias a que hubiere lugar.

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