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JEP acepta a excongresista Luis Fernando Almario por el asesinato de los Turbay Cote

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JEP acepta a excongresista Luis Fernando Almario por el asesinato de los Turbay Cote
La Sala de Reconocimiento de la JEP aceptó el sometimiento de Luis Fernando Almario Rojas, exrepresentante a la Cámara por el departamento de Caquetá.
Adicionalmente, la Sala le ordenó a Almario Rojas rendir versión el próximo 1 de septiembre a las 9:00 a.m. dentro del caso 01, conocido como el de secuestro.

Almario Rojas es procesado en la justicia ordinaria por sus presuntos vínculos con las Farc-EP y por su presunta participación en el asesinato, a manos de la Columna Móvil Teófilo Forero, del excongresista Diego Turbay Cote (presidente de la Comisión de Paz cuando ocurrieron los hechos); su madre, Inés Cote de Turbay, y de Jaime Peña Cabrera, Edwin Amir Alarcón Angarita, Hamil Bejarano Martínez, Dagoberto Samboní Uni y Rafael Ocasiones Llanos, en el año 2000.

La Sala de Reconocimiento lo aceptó como agente de Estado no miembro de la Fuerza Pública, luego del envío de su expediente por parte de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, que lo juzgaba por esos hechos y que determinó que los mismos están directamente relacionados con el desarrollo del conflicto armado.

Además, Almario Rojas hizo llegar un segundo escrito de sometimiento a la JEP, esta vez por los delitos de concierto para promover grupos armados al margen de la ley y constreñimiento al sufragante por los acuerdos que hizo con el Bloque Central Bolívar- Frente Sur de los Andaquíes, por los que fue condenado por la Corte Suprema a a 10 años de prisión.

La misma sentencia obliga a Almario al pago de una multa de 11.000 salarios mínimos y lo inhabilita para ejercer sus derechos y funciones públicas por el mismo periodo.

Al ser admitido por la Jurisdicción, Luis Fernando Almario Rojas está obligado a cumplir con el régimen de condicionalidad. Esto implica aportar verdad plena distinta a la conocida en la justicia ordinaria, reparar integralmente a sus víctimas y garantizar la no repetición de los hechos.

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