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La JEP rechaza la solicitud de sometimiento del exgobernador Hugo Aguilar

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La JEP rechaza la solicitud de sometimiento del exgobernador Hugo Aguilar

El Coronel retirado de la Policía Nacional y ex Gobernador del Departamento de Santander, Hugo Aguilar, había solicitado someterse a la Jurisdicción Especial para la Paz, petición que fue rechazada.

La JEP argumenta que, aunque los hechos por los que, Aguilar es acusado (paramilitarismo), pueden ser de su competencia, hacen falta requisitos específicos y por ello no es posible aceptar la solicitud.

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En el comunicado, la JEP, argumenta que para estar sometido bajo la JEP como agente de Estado no integrante de la Fuerza Pública, se deben cumplir varias especificaciones que en el caso de Aguilar no se dan en su totalidad.

El inicio del proceso en la JEP

Mediante varios trámites desde el 2019, el exgobernador de Santander expresó su voluntad de sometimiento; en un inicio a través de la renuncia a la persecución penal y la revisión de la sentencia condenatoria.

“Luego de hacer referencia a la sentencia condenatoria proferida por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, solicitó ser admitido en la Jurisdicción Especial para la Paz, se le haga suscribir el acta de compromiso, se ordene la extinción de la acción penal de la pena principal, la responsabilidad penal y las sanciones penales de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas y la multa representada en salarios mínimos legales mensuales vigentes (…) Consecuencialmente –dijo– «se disponga el término para la presentación de la demanda de revisión de la providencia que revocó la libertad generada luego del cumplimiento de la citada sentencia condenatoria»”, confirmó la JEP.

Tras explicar la petición, y bajo qué argumentos Aguilar solicitaba su sometimiento, la JEP se dispuso a recolectar el proceso que se llevó a cabo en su contra, contando cada trámite y documento que se solicitó para analizar lo requerido por el acusado.

“El solicitante se encuentra incurso en una pluralidad de procesos por la comisión de delitos atentatorios de diferentes bienes jurídicos”, alude la JEP.

Tras recolectar y mostrar alrededor de 27 procesos con relación al desarrollo del caso de Aguilar, y los trámites. La Jurisdicción explicó que existen varios requisitos que cumplir en su calidad de gente de Estado no integrante de la Fuerza Pública.

Los requisitos

Uno de los requisitos que no cumple, es el siguiente:

“Que la Jurisdicción Especial para la Paz sea competente para conocer de los hechos por los cuales se presente la solicitud voluntaria de sometimiento”.

Según la explicación del Ente, los asuntos que se adelantan contra Aguilar no reúnen en su totalidad los requisitos de competencia de la Jurisdicción Especial para la Paz.

“De la breve descripción del caso y del pronunciamiento que hizo la Fiscalía General de la Nación el día 20 de abril de 2009, se advierte que los hechos son absolutamente extraños al conflicto, tratándose de la puesta en conocimiento de manejos administrativos propios de un ente público frente a su presupuesto y a la organización del personal“, argumenta la Jurisdicción.

https://twitter.com/JEP_Colombia/status/1557160302541737989

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