Publicidad
  • Dólar (TRM)$ 3.935,65
  • Euro$ 4.213,83
  • MSCI COLCAP1.343,34
  • Petróleo (Brent)US$ 87,94
  • Petróleo (WTI)US$ 82,71
  • Café (lb.)US$ 2,29
  • Oro (oz.)US$ 2.337,10
  • UVR$ 365,74
  • DTF E.A. (90d)10,49%
Nacional

Listo el protocolo para empresas que reanudarán actividades

Publicidad

El Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 666 que establece el protocolo general que se debe adoptar obligatoriamente por parte de empresas públicas y privadas para reanudar las actividades.

Este protocolo pretende frenar o minimizar la transmisión del Covid-19 y establece, por ejemplo, obligaciones para las Administradores de Riesgos Laborales (ARL) para apoyando la implementación de los protocolos en las empresas.

Además, establece obligaciones para los empleadores como la capacitación, la flexibilización de turnos y horarios, así mismo, deben reportar los casos sospechosos de coronavirus.

Adicionalmente, esta resolución que comienza a regir a partir de este viernes dice que se debe promover el uso de celulares inteligentes entre los trabajadores con la aplicación CoronAPP.

Del mismo modo, los trabajadores también tendrán obligaciones, como la de reportar algún caso sospechoso en su familia o entorno.

El Ministerio de Trabajo será la entidad encargada de sancionar el incumplimiento de este protocolo.

Las siguientes son las responsabilidades establecidas para cada uno de los miembros del sector:
A cargo del empleador o contratante:

– Capacitar a sus trabajadores y contratistas vinculados mediante contrato de prestación de servicios o de obra las medidas indicadas en este protocolo.

– Adoptar medidas de control administrativo para la reducción de la exposición, tales como la flexibilización de turnos y horarios de trabajo, así como propiciar el trabajo remoto o trabajo en casa.

– Reportar a la EPS y a la ARL correspondiente los casos sospechosos y confirmados de covid-19.

– Incorporar en los canales oficiales de comunicación y puntos de atención para brindar información de la enfermedad.

– Apoyarse en la ARL en materia de identificación, valoración del riesgo y en conjunto con las EPS en lo relacionado con las actividades de promoción de la salud y prevención de la enfermedad.

– Proveer a los empleados los elementos de protección personal que deban utilizarse para el cumplimiento de las actividades laborales que desarrolle para el empleador.

– Promover el uso de la aplicación CoronApp para registrar en ella el estado de salud de los trabajadores.

A cargo del trabajador, contratista, cooperado o afiliado partícipe es responsabilidad:

– Cumplir los protocolos de bioseguridad adoptados y adaptados por el empleador o contratante durante el tiempo que permanezca en las instalaciones de su empresa o lugar de trabajo y en el ejercicio de las labores que esta le designe.

– Reportar al empleador o contratante cualquier caso de contagio que se llegase a presentar en su lugar de trabajo o su familia. Esto con el fin de que se adopten las medidas correspondientes.

– Adoptar las medidas de cuidado de su salud y reportar al empleador o contratante las alteraciones de su estado de salud, especialmente relacionados con síntomas de enfermedad respiratoria y reportar en CoronApp.

Temas Relacionados:

Publicidad
Síguenos en nuestro canal de WhatsAppSíguenos en Google News