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Niños en procesos de adopción sí pueden recibir visitas de sus padres biológicos

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Niños en procesos de adopción sí pueden recibir visitas de sus padres biológicos

Al fallar una tutela la Corte Constitucional determinó que los menores de edad que se encuentren en situación de adoptabilidad sí pueden ser visitados por sus padres biológicos en los hogares sustitutos en donde sean ubicados.

El alto tribunal tomó la decisión al indicar que el hecho de que un menor de edad el único efecto real de la declaratoria de adoptabilidad es la “pérdida de la patria potestad”, es decir, que los padres de la menor “no tendrán derecho sobre esta, concretamente, en lo relacionado con la representación legal, la administración y el usufructo de los bienes”, pero ello no significa que ello signifique afectar o prohibir el derecho a las visitas.

Señaló la corporación judicial que los niños, niñas y adolescentes merecen una “protección especial” que permita “su adecuado desarrollo físico, psicológico y social” por lo que cada situación debe evaluarse detalladamente.

Explicó la Corte que el derecho de los menores a ser escuchados, a formarse su propio juicio y a que sus opiniones sean tenidas en cuenta en todas las decisiones que los afecten, deben respetarse.

Este pronunciamiento se hizo al fallar una tutela a favor de una menor de 17 años de edad quien fue declarada en situación de adoptabilidad y a quién se le había negado recibir visitas por parte de sus padres biológicos.

Se afirmó que desde que la menor ingresó al hogar sustituto del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), mantuvo contacto con sus padres y en diferentes oportunidades manifestó que, a pesar de lo sucedido, les guardaba afecto y era su deseo que ellos continuaran con las visitas.

“El hecho de que los padres hayan perdido la patria potestad a causa de la declaratoria de adoptabilidad, no significa que se deba cortar de manera abrupta la relación paterno-filial, pues existe entre SFZS y sus progenitores cariño y afecto, por lo que, de mantenerse el contacto, permitiría garantizar el bienestar psicológico de la menor”, indicó el fallo.

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