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¡Ojo! Conozca los requisitos para viajar fuera del país con un menor de edad

Migración Colombia informó los requisitos para tener en cuenta antes de salir del país con niños, niñas o adolescentes colombianos y extranjeros residentes en el país.

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¡Ojo! Conozca los requisitos para viajar fuera del país con un menor de edad

Migración Colombia informó los requisitos para tener en cuenta antes de salir del país con niños, niñas o adolescentes colombianos y extranjeros residentes en Colombia.

La agencia de aduanas explica que el permiso que se pide debe contener: fecha de salida, propósito del viaje, fecha de regreso y con quien viaja el menor, según lo definido en el Código de Infancia y Adolescencia; también copia del registro civil del niño o adolescente colombiano, si es titular del pasaporte nuevo donde no figura el nombre de los padres del menor.

Asimismo, aclara que si el padre o madre que otorga el permiso se encuentra en Colombia, el permiso debe estar autenticado ante notario público.

“Si el padre o madre que otorga el permiso se encuentra en el exterior, este debe estar autenticado ante el Consulado colombiano. De no ser posible ubicar un Consulado colombiano cerca de su residencia, el permiso debe estar diligenciado en idioma español, suscrito ante notario público, debidamente apostillado y siempre debe ser en original”, indica Migración.

En el caso de que uno de los padres haya fallecido, se debe presentar el registro civil de defunción del mismo.

“En caso de fallecimiento de los dos padres, se debe presentar el permiso de salida suscrito por el representante legal o tutor del menor, conforme a la ley y los documentos que respalden la designación de esta persona como responsable del menor”, añade.

Menores adoptados: se debe presentar copia de la sentencia de adopción debidamente ejecutoriada.

Padres en conflicto: se debe presentar permiso otorgado por el juez de familia.

Cuando la patria potestad está en cabeza de uno de los padres, se debe presentar copia de la sentencia debidamente ejecutoriada.

“Si el permiso está otorgado por escritura pública, se debe presentar copia de la misma con la certificación de su vigencia. Si el menor ostenta doble nacionalidad, siendo una de ellas la colombiana, debe cumplir con los requisitos antes establecidos (en todo caso como nacional colombiano)”, agrega.

Finalmente, Migración Colombia aclara que el permiso del ICBF es necesario cuando se desconoce el paradero de sus padres o de uno de ellos, o cuando este o estos no están en condiciones de otorgar el permiso o cuando se carece de representante legal.

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