Publicidad
  • Dólar (TRM)$ 3.964,59
  • Euro$ 4.244,34
  • MSCI COLCAP1.349,93
  • Petróleo (Brent)US$ 89,55
  • Petróleo (WTI)US$ 84,03
  • Café (lb.)US$ 2,28
  • Oro (oz.)US$ 2.349,00
  • UVR$ 365,74
  • DTF E.A. (90d)10,49%
Nacional

Patrimonio sumergido del Galeón San José es de la Nación: Consejo de Estado

Publicidad

La Sala Plena del Consejo de Estado negó una acción popular mediante la cual se buscaba tumbar la resolución 354 de la Dirección Marítima (Dimar), del 3 de junio de 1982 en la que se reconoció que la Sociedad Glocca Morra Company que tiene como cesionaria a la Sea Search. Dicha resolución dio derechos de exploración y de propiedad sobre los hallazgos del Galeón pero en las precisas coordenadas que entregó en su momento y no en otras.

El alto tribunal determinó que el Patrimonio Cultural Sumergido que eventualmente se encuentre en el lugar del naufragio del Galeón San José pertenece a la Nación.

No obstante el magistrado William Hernández, explicó que una vez se logre la recuperación efectiva del Galeón San José, será el Consejo Nacional del Patrimonio Sumergido el que decida si hay algo que pueda considerarse un tesoro, así como determinar qué tipo de bienes constituyen un patrimonio sumergido.

“A la fecha de expedirse esta sentencia aún no se ha encontrado pecio o naufragio alguno en el sitio exacto, identificado con la letra “A”. En caso de que ello ocurriere, las normas hoy vigentes han precisado que el Consejo Nacional de Patrimonio Cultural es la única entidad competente para decidir cuales bienes de un hallazgo han de ser considerados patrimonio cultural sumergido, sin más condicionamientos que los impuestos por los criterios de representatividad, singularidad, repetición, estado de conservación e importancia científica, tal y como lo indicó la Corte Constitucional”, resaltó el magistrado.

La corporación judicial aclaró que los “bienes que el Consejo considere excluidos de la categoría de Patrimonio Cultural Sumergido, se regulan por las normas del Código de Comercio y los artículos 710 y concordantes del Código Civil en cuanto al salvamento”.

Explicó incluso que el patrimonio de la Nación no se encuentra en riesgo por la resolución expedida por la Dimar en la que se reconoció que la Sociedad Glocca Morra Company podía ser denunciante de tesoros en relación con ese probable hallazgo.

Afirmó el Consejo de Estado que la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia determinó en 2007 que los bienes que integran el patrimonio histórico, cultural y arqueológico, incluido el submarino, que se hallen en las coordenadas exactas objeto de la Resolución 354 de 1982, serán amparadas por la autoridad nacional legalmente encargada de ello, y por tanto, no pueden ser considerados “tesoros”.

“La Resolución 354 de 1982, que reconoció la calidad de denunciante a la sociedad Glocca Morra Company, sí fue una grave amenaza o riesgo de los derechos e intereses colectivos invocados en esta acción popular, pero con todo, la sentencia de la Sala Civil de Casación de la Corte Suprema de Justicia, al excluir de los posibles derechos de propiedad de la sociedad norteamericana, los bienes que sean clasificados como patrimonio cultural, histórico o científico, evitó en forma eficiente y oportuna cualquier daño contingente, peligro, o amenaza sobre los derechos e intereses colectivos cuyo amparo se ha solicitado” precisa el fallo.

El Galeón San José, de origen español, hundido con su valiosa carga el 7 de junio de 1708 por el comodoro inglés Charles Wager, es uno de los naufragios más importantes de la historia y se encuentra en aguas de la jurisdicción de Colombia, cerca de Cartagena de Indias, Distrito Turístico y Cultural. 

Temas Relacionados:

Publicidad
Síguenos en nuestro canal de WhatsAppSíguenos en Google News