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Nacional

Reforma laboral: los puntos clave que debe entender

El gobierno radicó en el Congreso el proyecto de reforma laboral que encabezó la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez.

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Reforma laboral: los puntos clave que debe entender

Este jueves en la noche, el gobierno radicó en el Congreso el proyecto de reforma laboral que encabezó la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez.

“Una reforma construida con la gente y para la gente. Hoy, desde la Plaza de Armas, estamos cumpliendole a cada persona de este país un compromiso con sus derechos laborales.”, aseguró la Cartera de Trabajo en su cuenta de Twitter.

‘Trabajo por el cambio’: ese el lema del segundo proyecto de ley de la agenda legislativa tramitado en el Congreso, tras la reforma a la salud.

Los puntos clave de la reforma

  • Contratación laboral:

La regla general deberán ser los contratos a término indefinido, es decir que se van a disminuir los contratos a por prestación de servicio y a término fijo.

  • Festivos, recargos nocturnos y trabajo diurno

Los pagos de dominical o de trabajo que se haga durante días de fiesta, deberá corresponder al 100 % de su sueldo básico. Es decir que cada trabajo que se realizan los días domingos o en los días de fiesta, pues deberá ser remunerado a un 100 %.

  • Licencia de paternidad

“La licencia de paternidad en Colombia aumentará de manera progresiva hasta llegar a ser de doce (12) semanas en 2025. Así, (5) semanas intransferibles desde la vigencia de la presente ley, posteriormente en 2024 subirá a ocho (8) semanas también intransferibles y en 2025 llegará a doce (12) semanas, señala el documento.

  • Trabajo rural

Se habla del contrato agropecuario y el jornal agropecuario. En estos dos sentidos se enfatiza en la formalización y distinción entre la obra labor o un contrato a termino indefinido.

  • Trabajo en plataformas digitales

  • Facultad del trabajador o trabajadora decidir los tiempos de conexión en la plataforma, aceptar y rechazar órdenes de trabajo.
  • La persona trabajadora puede celebrar contratos con varias plataformas digitales de trabajo sin que sea válido el pacto de exclusividad a favor de una sola.
  • Mantener la libertad de estipulación salarial contenida en el artículo 132, numeral 1 del Código Sustantivo del Trabajo.

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