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Procuradora insiste en conservar las facultades sancionatorias contra los elegidos por voto popular

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Procuradora insiste en conservar las facultades sancionatorias contra los elegidos por voto popular

Desde un seminario en Bucaramanga, la procuradora general, Margarita Cabello, le respondió a los juristas y críticos que consideran que su entidad no puede hoy suspender, sancionar ni inhabilitar a ningún funcionario elegido popularmente, que su entidad debe conservar estas facultades sancionatorias.

“Una interpretación rígida de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, del 8 de julio de 2020, nos llevaría a que en Colombia desaparecería el estatuto disciplinario para los servidores de elección popular y que ninguna autoridad, aún aquellas de carácter judicial que no hacen parte de la justicia penal, podrían imponer sanciones que impliquen la restricción de los derechos a elegir y ser elegido”, sentenció Cabello.

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Aunque la Corte Interamericana de Derechos Humanos advirtió que solo los jueces pueden restringir derechos políticos, en el fallo que protegió los derechos del exalcalde de Bogotá Gustavo Petro, la procuradora insiste en que el Congreso autorizó a su entidad, con facultades jurisdiccionales o de juez, para adelantar acciones disciplinarias contra los elegidos popularmente.

Mientras las normas y reglas estén vigentes y la legalidad exista, la Procuraduría tiene que hacerlas cumplir y lo hará de manera objetiva y equitativa”, agregó.

La Corte Constitucional estudia varias demandas que piden tumbar las facultades jurisdiccionales o de juez que le fueron otorgadas a la Procuraduría en una reforma aprobada en 2021.

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