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Acuerdo de paz debe ser cumplido por cualquier gobierno: Corte Constitucional

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La Corte Constitucional dio a conocer la sentencia de la ley de Procedimiento de la Justicia Especial para la Paz (JEP).

En dicha sentencia, el alto tribunal asegura que el cumplimiento de los compromisos adquiridos por el Gobierno en el acuerdo final no depende de la perspectiva o actitud de un gobierno.

“No está la albedrío de por lo menos los tres gobiernos subsiguientes al primero de diciembre de 2016, el atender o no la materialización del acuerdo final”, indica la sentencia.

La Corte señala que es una obligación tomar todas las medidas para que los compromisos asumidos se concreten, haciendo énfasis en que solo de esa manera se alcanzará una paz estable y duradera.

Agregó que la omisión deliberada o la negligencia en el cumplimiento de los acuerdos puede ser evaluada.

“No es apenas un punto de vista sin trascendencia alguna, sino un comportamiento normativamente evaluable”, puntualizó la Corte.

Por otra parte, en la sentencia la el alto tribunal reiteró que la JEP puede practicar pruebas en los casos de solicitud de extradición de excombatientes, pero aclara que estas deben ser pertinentes para establecer la fecha en la que se cometió el supuesto delito.

Además, advirtió que la Corte Suprema debe examinar el derecho de las víctimas a la verdad, justicia y reparación antes de dar concepto favorable a una extradición.

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