Publicidad
  • Dólar (TRM)$ 3.926,02
  • Euro$ 4.172,56
  • MSCI COLCAP1.366,61
  • Petróleo (Brent)US$ 88,71
  • Petróleo (WTI)US$ 83,21
  • Café (lb.)US$ 2,24
  • Oro (oz.)US$ 2.342,00
  • UVR$ 365,74
  • DTF E.A. (90d)10,49%
Bogotá

Distrito propone modificar el cobro de Valorización: podrían devolverlo

Los pagos para su ejecución no serían por adelantado, solo cuando hayan iniciado las obras o estén terminadas.

Publicidad
obras en bogotá
Tomado de: bogota.gov.co

Nace la posibilidad de que el Distrito modifique el cobro de valorización: la administración Distrital radicará, ante el Concejo de Bogotá, un nuevo Estatuto de Valorización, que pretende cambiar las reglas generales que determinan la asignación, cobro y administración de la contribución que hacen los ciudadanos en Bogotá por dicho concepto.

Dicha modificación se haría sobre la norma que establece dicho Estatuto: el Acuerdo 7 de 1987, con las lecciones aprendidas durante los 36 años en los que ha sido aplicado.

Dicha propuesta, según explican, recoge la experiencia de más de tres décadas en el desarrollo de obras de valorización y lo más reciente que ha ocurrido con el Acuerdo 724 de 2018.

“Los cambios planteados van desde los requisitos en diseños y autorizaciones por parte de las empresas
de servicios públicos, antes de ser presentados para aprobación, hasta la forma de recaudar, que incluye además un esquema para devoluciones y descuentos para las y los contribuyentes., explica el Distrito.

También puedes leer: Mujer denuncia que también fue lanzada desde un TransMilenio por atracarla: ahora padece osteoporosis

El ABC de la propuesta

En el nuevo Estatuto de Valorización, las obras ya no se cobrarían antes de ser construidas: se haría durante su desarrollo, siempre y cuando el porcentaje de ejecución física sea de mínimo el 50%, o después de terminada toda la construcción y cuente con el acta de recibo de obra.

Además, se tiene pensado incorporar un descuento para las contribuciones de aquellos predios de comercio que estén localizados directamente en los frentes de obra, que podría de ser hasta del 10%. Sería a través del IDU o por medio de la Secretaría de Hacienda que podrá aplicar un descuento en el impuesto predial a favor de las y los contribuyentes.

Inclusive, existe la posibilidad de devoluciones de los recursos no ejecutados en la etapa de construcción, por declaratoria de caducidad de los contratos de obra y/o terminación anormal de los mismos

Otro de los cambios radica en materia de planeación: las obras a ejecutar deben contar con estudios y diseños definitivos debidamente aprobados, incluyendo autorizaciones de la empresas de servicios públicos.

Temas Relacionados:

Publicidad
Síguenos en nuestro canal de WhatsAppSíguenos en Google News