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CNE deberá estudiar de nuevo petición que busca revivir el Nuevo Liberalismo

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CNE deberá estudiar de nuevo petición que busca revivir el Nuevo Liberalismo

La Sección Quinta del Consejo de Estado abrió este viernes la posibilidad de que el antiguo partido político Nuevo Liberalismo pueda recuperar su personería jurídica.

El alto tribunal decretó una medida cautelar en la cual suspendió la Resolución 794 de 2018 del Consejo Nacional Electoral, con la cual había negado la petición de reconocimiento de personería jurídica del Nuevo Liberalismo por la falta de legitimación de los solicitantes y la no acreditación de circunstancias excepcionales que permitan superar el requisito del umbral electoral.

La Corporación Judicial determinó que en este caso el Consejo Nacional Electoral incurrió en un error al haber entendió que el NUEVO LIBERALISMO y el MOVIMIENTO NUEVO LIBERALISMO, “eran una misma colectividad, a pesar de que fueron creadas en diferente época y bajo direcciones distintas; por tanto, no era dable concluir que eran una misma organización”.

Explicó el Consejo de Estado que la petición de reconocimiento de personería jurídica del NUEVO LIBERALISMO, fue elevada por Fernando Galindo González, Cecilia Fajardo Castro, Beatriz Góngora de García, Rafael Amador Campos, Andrés Talero Gutiérrez, Gloria Pachon de Galán, José Blackburn Cortés, José Corredor Nuñez y Rubén Darío Ramírez, lo cual resulta relevante porque, toda vez que,  todos hicieron parte del NUEVO LIBERALISMO, lo que conlleva a colegir que en efecto tiene la legitimación requerida para solicitar la personería jurídica, como en efecto acaeció”.

Señaló el alto tribunal que el CNE” sí incurrió en un yerro al confundir dos colectividades diferentes la del doctor Luis Carlos Galán Sarmiento –NUEVO LIBERALISMO- y la dirigida por el doctor Carlos Ardila Ballesteros – MOVIMIENTO NUEVO LIBERALISMO”.

“De manera equivoca, determinó que el NUEVO LIBERALISMO recuperó su personería jurídica en el 2000, refriéndose a la resolución que en realidad le otorgó personería al MOVIMIENTO NUEVO LIBERALISMO, a pesar de tratarse de organizaciones políticas disimiles” agrega el fallo.

Para la magistrada Lucy Jeanette Bermúdez ponente de la decisión es clara la confusión del CNE entre el NUEVO LIBERALISMO y el MOVIMIENTO NUEVO LIBERALISMO, “del que entendió una continuidad en la actividad política del partido político fundado por Luis Carlos Galán Sarmiento, que no está demostrada con las pruebas allegadas al proceso”.

De ahí que se ordene al Consejo Nacional Electoral, estudiar nuevamente la solicitud de reconocimiento de personería jurídica del NUEVO LIBERALISMO, y analizar de fondo los elementos fácticos con los cuales los interesados pretendieron demostrar la violencia sufrida por los miembros del entonces partido político fundado por Luis Carlos Galán Sarmiento.

El objetivo de la decisión explicó el Consejo es de no postergar en el tiempo su inactividad política, que en palabras del propio Consejo Nacional Electoral, expuestas en el acto acusado, derivó de “… la ocurrencia de los hechos de violencia política sufridos por el movimiento nuevo liberalismo en el periodo transcurrido durante los años 80 y hasta la muerte de Luis Carlos Galán…”, y con ello evitar la configuración de un perjuicio irremediable en cabeza de esta colectividad.

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