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Corte advierte que no está prohibido que los usuarios paguen por los medidores de energía

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Corte advierte que no está prohibido que los usuarios paguen por los medidores de energía

La Corte Constitucional tumbó una disposición de una ley de transición energética de 2021 que advertía que solo las empresas de energía debían asumir el costo de la instalación, mantenimiento y reparación de los medidores inteligentes de energías, jamás los usuarios.

El fallo advierte que la carga económica exclusiva en las empresas de energía era “desproporcionada” pues obligaba a todas las empresas a asumir los costos asociados a los medidores sin consideración a su capacidad financiera.

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“Existen empresas que podrían ver comprometida su viabilidad ante la obligación de asumir este costo y esta situación pondría en riesgo la prestación del servicio continuo, estable y de calidad”, advierte la Corte.

“Es desproporcionado que las empresas de servicios públicos asuman la totalidad de los costos asociados a los medidores inteligentes cuando los usuarios también se benefician por la operación de tales dispositivos y son sus propietarios”, advierte la decisión.

Esto quiere decir que los usuarios podrán pagar por la instalación de medidores pues, según la Corte, son de su propiedad.

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