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Nacional

Corte Constitucional ordenó acabar con tutelas para acceder al servicio de salud.

Además estableció que el Plan Obligatorio de Salud deberá ser actualizado con base en encuestas epidemiológicas, y teniendo en cuenta la necesidad de los usuarios.

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Corte Constitucional ordenó acabar con tutelas para acceder al servicio de salud.

Además estableció que el Plan Obligatorio de Salud deberá ser actualizado con base en encuestas epidemiológicas, y teniendo en cuenta la necesidad de los usuarios.

Entre las disposiciones, la Corte sentenció que no puede haber discriminación en el Plan Obligatorio de Salud (POS),  por lo que no puede haber un plan para “los pobres y otro para quienes que pueden pagar”.
 
Para reducir el uso de la tutela, anunció que los comités técnico-científicos de las EPS si tienen la competencia para autorizar medicamentos que no estén incluidos en el POS y decretó que el Fondo de Solidaridad y Garantía, FOSIGA, no puede exigir copias de acciones de tutela para desembolsar los recursos de servicios prestados.

Para rediseñar el Plan Obligatorio de Salud, el alto Tribunal, dictaminó que el Consejo Nacional en Seguridad Social deberá tener en cuenta la opinión de los usuarios.

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