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Corte Suprema no revisará indulto a exmiembros del M-19 por toma al Palacio de Justicia

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Corte Suprema no revisará indulto a exmiembros del M-19 por toma al Palacio de Justicia

La Corte Suprema de Justicia decidió no admitir la acción de revisión presentada por un particular para que se analizara si fue legal la cesación de los procesos y el indulto otorgado a exmiembros del M-19 que participaron en la toma al Palacio de Justicia, ocurrida en noviembre de 1985.

La decisión fue adoptada por la Sala Penal al estudiar la acción interpuesta por el hermano de uno de los militares que resultó muerto en esos hechos en Bogotá.

El accionante argumentó que los delitos que se le imputaron en su momento a integrantes del M-19, como fueron homicidio, tentativa de homicidio, secuestro, falsedad y rebelión, son catalogados de lesa humanidad y, según el Estatuto de Roma, deben ser investigados y sancionados.

“Tales indultos y cesaciones de procedimiento carecen de motivación fáctica y probatoria, y contravienen la legislación nacional e internacional porque recayeron en delitos de lesa humanidad que son imprescriptibles”, indica el accionante.

Sin embargo, para la Sala Penal el particular no podía presentar dicha acción porque no es sujeto procesal, es decir que no hizo parte de ningún proceso adelantado por esos hechos, pese a ser familiar de una de las víctimas.

Así mismo, la Corte explicó que, aunque la Fiscalía sostuvo que la acción de revisión era la vía para investigar a los sospechosos del M-19 y a los presuntos autores intelectuales de la toma al Palacio, el ciudadano no entregó copia de los procesos judiciales terminados en contra de esas personas para que fueran revisados, requisito indispensable para la procedencia de dicha acción.

El recurso negado pedía revisar los casos de Antonio Navarro y Gustavo Petro, actuales senadores, así como de otros exmiembros del M-19 como Vera Grave, Rosenbert Pavón, José Otty Patiño y Jairo Bermeo, quienes recibieron un indulto por parte del Gobierno.

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