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Corte Suprema pide al Gobierno atención inmediata a mujeres gestantes de las Farc

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Un llamado de atención hizo la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia al Gobierno Nacional por la precaria situación que se está presentando en algunas zonas transitorias de normalización en dónde se encuentran los integrantes de la Farc.

El alto tribunal solicitó al Ministerio de Salud y al Alto Comisionado para la Paz, proteger los derechos a la salud, la vida y seguridad de las mujeres de las Farc que están en estado de embarazo y a quienes ya dieron a luz.

Explicó la corporación judicial que es deber del Gobierno “brindarle acompañamiento permanente y oportuno durante su período de gestación” pues recordó que “el derecho a la salud tiene un carácter fundamental autónomo e irrenunciable”.

Recordó la Corte que con ocasión de proceso de paz con las Farc, el Gobierno y el grupo miliciano asumieron una serie de compromisos, “entre las cuales los subversivos deben estar concentrados en unas zonas veredales a lo largo del territorio colombiano a cambio de que el ente Nacional, implemente, entre otras cosas, políticas públicas necesarias para la reinserción social que implica garantizar las necesidades básicas insatisfechas como la salud de la población miliciana sujeta a especial protección constitucional por su condición de madres gestantes”.

Por esta razón recordó a la Oficina del Alto Comisionado para la Paz que es su deber entregar al Ministerio de Salud “el listado de personas ubicadas en las zonas veredales recibido por parte del miembro representante de las Farc, para que este verifique el estado de afiliación de los guerrilleros en el sistema general de Seguridad Social y realice la selección e inscripción a una Entidad Prestadora de Salud – (EPS)”.

Aclaró la Corte que el reproche a las autoridades se da especialmente a la Registraduría y la Oficina del Alto Comisionado de la Paz, no porque no hubiesen prestado de manera directa el servicio, “sino en que no han adelantado todas las gestiones a su alcance para hacer efectiva la prestación del servicio al servir de enlace en la consolidación de las afiliaciones”.

Indicó que debe haber mayor diligencia “para reportar ante el Ministerio de Salud y de la Protección Social el listado de las madres gestantes que actualmente se encuentran en la Zona Veredal Transitoria de Icononzo, con el propósito que el ministerio proceda a ejecutar las acciones propias del ámbito de su competencia, con fundamento en las funciones encomendadas en el Decreto 1937 de 2016, y las Resoluciones 006057 de 2016 y 000310 de 2017”.

Finalmente reiteró que no se impuso una carga diferente a la que por mandato legal le corresponde pues lo que se “exige es más premura a fin de no solo consolidar el derecho a la salud de las madres gestantes a través de la prestación inmediata de servicios (que se está haciendo actualmente por el Hospital) sino en lo atinente a la recolección de los listados que las Farc deben entregar para la afiliación de sus miembros al Sistema General de Salud. Punto sobre el cual, no aparece confusión respecto de los listados que en su momento entregará la organización insurgente al Gobierno para acreditar la condición de integrante de las Farc”.

Paola Santofimio – CM&

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