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Impuesto a toallas higiénicas y tampones fue eliminado por la Corte Constitucional

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La Corte Constitucional tumbó el impuesto del 5 % que debían pagar las mujeres para comprar productos de primera necesidad como las toallas higiénicas y los tampones.

La Sala Plena encontró que este impuesto era discriminatorio porque esos productos son de uso exclusivo de las mujeres y no se pueden sustituir por otros.

“Como estamos hablando de un impuesto al consumo se genera una discriminación indirecta con un grupo de la población que son las mujeres, que por razones biológicas, deben utilizar este tipo de productos para su higiene personal”, explicó la magistrada.

Gloria Ortiz señaló que a través de los tributos también se puede llegar a discriminar a un grupo de la población, como ocurrió en este caso, si tenemos en cuenta que las toallas higiénicas y tampones son productos que no se pueden sustituir fácilmente.

“Tenemos estudios que indican que hay sociedades donde las niñas no pueden ir al colegio porque no tienen cómo comprar una toalla higiénica o las mujeres más grandes no pueden ir a trabajar por el mismo problema justamente eso fue lo que quisimos corregir”, puntualizó la jurista.

Agregó que la Corte respeta las decisiones que adopta el legislador para definir las cargas tributarias pero cuando hay problemas de equidad la corte puede intervenir.

“La decisión adoptada determina que las toallas higiénicas y los tampones no pueden volverse a grabar con el impuesto al consumo ni siquiera realizando una reforma tributaria a no ser que las condiciones sociales cambien radicalmente y las mujeres tengan acceso igualitario a cualquier tipo de productos para su higiene personal”, indicó Ortiz.

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