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JEP acepta sometimiento de Salvador Arana pero le niega libertad condicionada

La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP, a través de la resolución 000722 de 2020, resolvió aceptar la solicitud de sometimiento, pero le negó el beneficio de libertad transitoria, condicionada y anticipada.

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JEP acepta sometimiento de Salvador Arana pero le niega libertad condicionada

La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP resolvió aceptar la solicitud de sometimiento de Salvador Arana Sus como agente de Estado diferente a miembro de la Fuerza Pública, pero le negó el beneficio de libertad transitoria, condicionada y anticipada.

Arana ha sido procesado por la Corte Suprema de Justicia por la desaparición forzada y homicidio de Eudaldo León Díaz, exalcalde de Roble (Sucre), concierto para delinquir y peculado por apropiación y falsedad ideológica por desviar fondos de las regalías del departamento de Sucre a grupos armados al margen de la ley.

El primero de diciembre de 2017, suscribió un acta de sometimiento ante la JEP por varios delitos, sin embargo, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas consideró que la propuesta de régimen de condicionalidad presentada por Arana debe ser ajustada y concreta.

“Una propuesta muy general y sin observar los aspectos advertidos al ser ejecutada podría resultar revictimizadora por la naturaleza de las violaciones a los derechos humanos y al DIH ocurridas”, determinó la resolución.

La JEP le ordenó ajustar el compromiso concreto, programado y claro presentado por él, de acuerdo con las indicaciones y parámetros establecidos por la Sala, para que sea entregado en un plazo de 10 días hábiles.

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