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Muerte de Diego Felipe Becerra fue un ‘falso positivo urbano’: Corte

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Diego Felipe Becerra

Un nuevo giro acaba de dar el caso del joven grafitero Diego Felipe Becerra, asesinado en extrañas circunstancias el 19 de agosto de 2011, en las inmediaciones de la calle 116 con Avenida Boyacá de la ciudad de Bogotá, luego de que el Patrullero Wilmer Alarcón Vargas (hoy prófugo) disparara en su contra.

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El Alto Tribunal no solo determinó en su fallo que Liliana Lizarazo Flórez y Gustavo Arley Trejos, padres del menor, efectivamente deben ser tenidos y tratados como víctimas en los procesos penales, disciplinarios o administrativos que se adelante por esos hechos sino que a demás su hijo fue efectivamente víctima de un “falso positivo urbano”.

Indicó la Corte que según un análisis hecho a las pruebas aportadas al expediente se permite inferir que “se está frente a un conjunto de conductas que constituyen una violación del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, referidas a la privación arbitraria de la vida de un menor de edad, con ocasión del uso excesivo de la fuerza y posterior alteración de la escena del crimen por parte de agentes de la Policía Nacional”.

Agregó incluso el Alto Tribunal que “efectivamente el homicidio causado a Diego Felipe Becerra Lizarazo en manos de un agente del orden, (…) se trató de una privación ilegítima de la vida al emplearse desmedidamente el uso de la fuerza (arma de fuego) contra un menor de edad en situación de indefensión e inferioridad, pretendiéndose posteriormente hacer pasar a la víctima como delincuente al manipularse la escena del crimen para que pareciera que aquel portaba un arma y la había utilizado contra el uniformado, configurándose así lo que se ha denominado como un “falso positivo urbano”.

“No conservarse la pureza de la escena del delito,  incorporándose elementos con vocación probatoria en el lugar de los hechos, se buscó generar impunidad, repercutiendo en la imposibilidad de las víctimas de materializar los postulados de verdad y justicia. Así entonces, (…) los padres del menor, como víctimas o perjudicados, se encuentran legitimados para intervenir en el proceso disciplinario en calidad de sujetos procesales” indica la Corte.

Por esta razón la Corte ordenó a la Procuraduría que permita a los padres del grafitero apelar el fallo que absolvió a los coroneles de la policía José Javier Vivas Báez y Nelson de Jesús Arévalo, investigados por su presunta participación en la alteración de la escena del crimen de Diego Felipe Becerra.

Paola Santofimio – CM&

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