Publicidad
  • Dólar (TRM)$ 3.899,07
  • Euro$ 4.193,73
  • MSCI COLCAP1.374,15
  • Petróleo (Brent)US$ 83,83
  • Petróleo (WTI)US$ 79,14
  • Café (lb.)US$ 2,06
  • Oro (oz.)US$ 2.317,00
  • UVR$ 365,74
  • DTF E.A. (90d)10,60%
Nacional

Tierralta: Justicia Penal Militar le responde al fiscal Barbosa y asegura que puede asumir la investigación

Barbosa había asegurado, tras un choque con Petro, que la Fiscalía es la que debe asumir la investigación: el tribunal le respondió y le lanzo una crítica

Publicidad
Tierralta: Justicia Penal Militar le responde al fiscal Barbosa y asegura que puede asumir la investigación

La Justicia Penal Militar le respondió al fiscal general, Francisco Barbosa, quien durante un nuevo choque con el presidente Petro aseguró que su despacho es el que debe asumir la investigación contra los militares que se disfrazaron de disidentes, para intimidar a una población de un caserío en Bocas del Manso, ubicado en Tierralta, Córdoba.

“Durante este año he insistido en que no le corresponde al Ejecutivo realizar investigaciones judiciales de ningún tipo. La investigación la llevará a cabo la Fiscalía General de la Nación y no permitiremos que la Jurisdicción Penal Militar interfiera en una investigaciónrelacionada con los derechos humanos de las poblaciones rurales de este país”aseguró Barbosa, pese a estar de acuerdo con un pronunciamiento de Petro, en el que afirmó que “volver al paramilitarismo sería el peor error militar de la Fuerza Pública”.

El jefe de Estado contestó a estas aseveraciones del fiscal, asegurando que “el ejecutivo puede investigar a nivel disciplinario sus propios funcionarios, a través del control interno y de las comisiones protectoras.”

También puedes leer: Ejército separa del cargo a 10 militares que “se disfrazaron” de guerrilleros en caserío de Tierralta

A través de un comunicado, el tribunal reiteró que sí está facultado para investigar a funcionarios que pertenezcan o estén adscritos a su organismo.

“Su actuación obedece al ejercicio legítimo de la acción penal por parte de la Jurisdicción Especializada, por cuanto prima facie, los hechos pudieron ser cometidos “por miembros de la Fuerza Pública y en relación con el mismo servicio” (Art. 221 CP). Lo que también a primera vista permite verificar que no se trataría de una “intromisión” arbitraria en las competencias de la jurisdicción ordinaria.”, explica la Justicia Penal Militar.

También lanzaron una crítica contra el jefe del ente acusador, en el que subrayaron que, “para efectuar tales valoraciones, se requiere tener un mínimo de conocimiento procesal, siendo necesario adelantar por lo menos una investigación preliminar; lo que en sí mismo no conlleva ningún grado de impertinencia.

Pese al reparo, la Justicia Penal Militar “invitó a materializar el principio de colaboración armónica entre las instituciones“, constatado en el artículo 113 de la Constitución Política, “a que cada quien, desde sus competencias, realice de buena fe las acciones que legítimamente le corresponden“.

Temas Relacionados:

Publicidad
Síguenos en nuestro canal de WhatsAppSíguenos en Google News