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Nuevo jalón de orejas de la Corte Constitucional a Colpensiones

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La Corte Constitucional le jaló de nuevo las orejas a Colpensiones, esta vez por la forma como le exige a las personas incapacitadas que acudan a sus oficinas a realizar trámites sin importar su situación de salud, lo que constituye una barrera administrativa injustificada que viola los derechos de los afiliados que sufren graves enfermedades.

En un fallo de tutela, la Corte manifestó que resulta reprochable la repetida actuación de Colpensiones al exigirle a una persona que padece una enfermedad catastrófica que se someta a una formalidad excesiva como lo es su presencia física en las oficinas de Colpensiones para tramitar un auxilio por incapacidad.

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La persona a quien se le concedió la tutela amparándole los derechos a la seguridad social, a la vida digna y a la salud, es una mujer diagnosticada con cáncer metastásico de mama, una enfermedad considerada catastrófica e incurable.

Para la Corte Constitucional, resulta incomprensible que una entidad como Colpensiones asuma que quien se encuentra incapacitado para desarrollar las funciones de las cuales depende su propio sustento, sí se encuentra en plena capacidad para llevar a cabo trámites administrativos no contemplados en la ley.

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La decisión termina llamándole la atención a Colpensiones para que haga los ajustes necesarios a fin de que en los trámites internos se eliminé en la mayor medida posible la participación directa de la persona afectada en salud, especialmente en los trámites que involucren su presencia física en sus sedes.

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