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Ponencia en la Corte plantea despenalización del aborto antes de las 16 semanas

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El aborto en Colombia es un delito de acuerdo con el Artículo 122 del Código Penal, excepto en tres causales definidas por la Corte Constitucional mediante sentencia de 2006.

Estas tres causales son:

  1. Cuando la vida de la madre corra peligro.
  2. Cuando el feto tenga malformaciones genéticas
  3. Cuando producto de la gestación haya sido por acceso carnal violento, es decir violación.

Sin embargo la ponencia del magistrado Alejandro Linares conocida este miércoles, va mucho más allá al despenalizar el aborto. “Entendido de que no se incurre en el delito de aborto, cuando con la voluntad de la mujer, la interrupción del embarazo se produzca durante las primeras 16 semanas a partir de la gestación”.

La posición anterior es defendida por Profamilia: “sin duda alguna mínimo para avanzar en el modelo de la sentencia debería despenalizarse en el primer semestre y debería ser uno de los servicios más que se prestan y que se garantizan dentro de todo el sistema de seguridad social colombiano”, así lo señaló, Marta Royo, directora de Profamilia.

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