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Proyecto de decreto solucionaría situación de informalidad de la propiedad rural en el país

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Proyecto de decreto solucionaría situación de informalidad de la propiedad rural en el país

El Ministerio de Justicia tiene listo un proyecto de decreto mediante el cual modifica parcialmente la funciones de la Superintendencia de Notariado y Registro.

Esto a raíz de que tras varios estudios realizados por la Superintendencia, se evidenciara que del total de folios de matrícula inmobiliaria de bienes inmuebles rurales, “cerca del 36% corresponden a folios con antecedentes registrales que inician con falsa tradición, evidenciando la existencia de un alto grado de informalidad en la titularidad de la propiedad rural”.

Para ello cita como ejemplo que en el departamento de Boyacá “se encuentran alrededor de 570 mil folios de matrícula inmobiliaria dentro de los cuales 270 mil corresponden a falsas tradiciones, es decir, el 47.36%. Adicionalmente, se caracteriza por ser una zona en la cual se encuentran predios con pequeñas extensiones de tierra, incluso a las determinadas en la Resolución 041 de 1996 (Unidad Agrícola Familiar), pero que a pesar de ello, son altamente productivas”.

“Se evidenció que una de las circunstancias que inciden en tal informalidad es la existencia de actos en falsa tradición de predios rurales, que a pesar de tener título idóneo plenamente inscrito en la oficina de registro de instrumentos públicos, impiden determinar la naturaleza jurídica del bien, creando dudas sobre los derechos reales que se puedan tener sobre éste. Dicha circunstancia genera inconvenientes a quienes quieren acceder a los mecanismos judiciales y administrativos para la consecución de derecho de propiedad” indica el documento conocido por CM&.

Agrega el proyecto de decreto que “ante las dificultades administrativas y judiciales que actualmente existen con relación a la situación de informalidad en la titularidad del derecho real de dominio sobre bienes Rurales provenientes de fuerza tradición, es pertinente adoptar herramientas que contribuyan a las autoridades en el ejercicio de sus funciones relacionadas con el trámite de los procesos de saneamiento de la falsa tradición, de prescripción adquisitiva de dominio, o de clarificación, cuyo objeto sean bienes rurales”.

Explica el Ministerio de Justicia que resulta necesario que la Superintendencia de Notariado y Registro “adelante la revisión correspondiente de la información que reposa sus archivos o en sus sistemas de información registra, que permite identificar las circunstancias como las descritas”.

El Gobierno explicó en su proyecto que ” la situación de informalidad en dicho sector (el rural) es el más alto afectando directamente la calidad de vida de la población rural y sus posibilidades para poder reducir el índice de pobreza y vulnerabilidad”.

Con el presente decreto se pretende precisar la función de verificación de las matrículas que identifican registralmente los predios rurales, que actualmente reposa en cabeza de la Superintendencia Delegada para la Protección Restitución y Formalización de Tierras de la Superintendencia de Notariado y Registro, a fin de que ésta pueda proponer, entre las acciones a que haya lugar, la expedición de actos administrativos tendientes a identificar, a petición de parte, la cadena de tradición de dominio, los actos de tradición y de falsa tradición, y la existencia de titulares de eventuales derechos reales sobre los mismos, los cuales permitan determinar, a través de las inscripciones en el folio de matrícula inmobiliaria con anterioridad al 5 de agosto de 1974, el tratamiento público de propiedad privada que se le dé a los bienes de carácter rural.

El Ministerio de Justicia resalta que este mecanismo se constituye en una “herramienta tendiente a solucionar la situación de informalidad de la propiedad rural en el país, mediante la identificación en la tradición inmobiliaria, de los actos jurídicos en falsa tradición de predios rurales de pequeña extensión que cuenten con identificación catastral y de los eventuales derechos reales que particulares puedan tener sobre los mismos”.

Esto con el objetivo de que los “poseedores de estos bienes tengan la posibilidad de acudir a las diferentes instancias administrativas o judiciales para obtener un título que los haga propietarios, facilitando la labor de las autoridades”.

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