Tres I Llamado de atención de la Corte Constitucional a las EPS en casos de pérdida de capacidad laboral
- Dos | Se eliminarán todos los antecedentes judiciales de 9600 excombatientes de las Farc
- Tres | Soplan vientos de reactivación en el sector de la construcción
La Corte Constitucional les hizo un llamado de atención a las EPS y a los fondos de pensiones para que tramiten con celeridad la llamada calificación de pérdida de capacidad laboral, en los casos en los que un afiliado no tiene las condiciones para seguir trabajando, tras ser diagnosticado con trastornos psiquiátricos.
El pronunciamiento de la Corte se dio tras revisar el caso de una persona afiliada al régimen subsidiado de salud, quien fue diagnosticada con trastorno afectivo bipolar y trastorno de la personalidad emocionalmente inestable, condición que le impidió seguir trabajando.
La Corte reveló que en este caso, la EPS no tramitó la calificación de pérdida de capacidad laboral, lo que impidió que el afiliado iniciara todos los trámites para acceder al beneficio de ser cobijado con un seguro por invalidez.
La sentencia, con ponencia de la magistrada Natalia Ángel, advierte que en este caso se deben garantizar los derechos a la vida digna y al mínimo vital, que son derechos fundamentales.