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Uno, Dos, Tres

Tres | Tremendo debate jurídico sobre el fallo de la Corte Constitucional en el caso del exministro Arias

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Estalló esta noche un gran debate jurídico sobre qué debe hacer la Corte Suprema de Justicia en el caso de la condena contra el exministro Andrés Felipe Arias.

Primero, la Corte no, repito, no falló sobre el derecho de Arias a la doble instancia. La Corte sí reconoció su derecho a impugnar la sentencia y la Corte falló aceptando que tiene derecho a impugnar la condena, y en consecuencia, le ordena a la Corte Suprema tramitar la impugnación, con lo cual respeta la autonomía de la Corte Suprema para definir el mecanismo que debe usar.

Arias, según la Corte, tiene derecho a la doble conformidad. ¿Qué es la doble conformidad? Quiere decir que la condena debe ser revisada por una instancia diferente a la que lo condenó. Como fue impuesta por Sala Penal de la Corte Suprema y no existe un superior jerárquico, la misma Corte deberá decidir el mecanismo para tramitar la impugnación. En consecuencia, la Corte Constitucional, al reconocer el derecho de impugnar la condena, dejó en manos de la Suprema aplicar ese derecho de impugnación que reconoció la Corte Constitucional.

La gran diferencia entre doble instancia y doble conformidad: la doble instancia significa un asunto que debe ser resuelto por dos autoridades judiciales de distinta jerarquía, mientras doble conformidad significa que toda condena penal puede ser impugnada. Es decir, que el fallo del juez inicial puede ser impugnado ante otro juez.

Conclusión: la Corte Constitucional dejó en las manos de la Corte Suprema lo que va a pasar en adelante. Quienes votaron en contra del fallo consideraron que por tratarse de una sentencia en firme, la solución es de competencia del Congreso.

La Corte ya falló condenando a Arias; ahora, una sección de la Sala Penal, que actuará como juez diferente a la Sala Plena, debe revisar y fallar sobre la sentencia. El fallo solo lo entienden juristas de alto conocimiento, pero en esencia, ese es el resumen de lo que falló la Corte.

La gran pregunta ahora es: ¿cuál será el mecanismo que escogerá la Sala Penal de la Corte para que su sentencia sea revisada? No se imaginan ustedes la cantidad de respuestas que tienen los juristas.

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