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Uno, Dos, Tres

Uno | La Corte estudia una demanda contra la facultad de la Fiscalía para imponer medidas de aseguramiento

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La Corte Constitucional admitió una demanda que cuestiona la facultad de la Fiscalía General de la Nación para imponer medidas de aseguramiento, es decir, para restringir la libertad de los sujetos investigados por la comisión de delitos.

La demanda, presentada por el abogado Juan Camilo Ríos, explica que, con la entrada del sistema penal acusatorio, en la década de los 2000, se eliminó la facultad de la Fiscalía para imponer medidas de aseguramiento y se les atribuyó esa función a los jueces de control de garantías.

«La restricción del derecho fundamental a la libertad solo puede provenir de los jueces de control de garantías y de nadie más, mucho menos del fiscal general de la nación o sus delegados, quienes carecen de la imparcialidad necesaria para decidir sobre la libertad de una persona», advierte la acción judicial.

El abogado asegura que la Fiscalía ha seguido imponiendo miles de medidas de aseguramiento, tal y como se aprecia en este derecho de petición que respondió la Policía Nacional, amparándose en la Ley 600 del año 2000, que regula el antiguo sistema penal inquisitivo.

El magistrado Jorge Ibáñez, ponente en este caso, invitó al fiscal general, a la Corte Suprema, al Colegio de Abogados Penalistas y a otros expertos para que intervengan en este debate.

Ojalá le acepten, porque el tema es absolutamente trascendental.

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