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Uno, Dos, Tres

Tres | Orden terminante de la Corte Constitucional a la Policía y al Ejército Nacional

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La Corte Constitucional acaba de emitir un importante fallo que ordena a la Policía y al Ejército Nacional que se abstengan de involucrar o de invitar a niñas, niños y adolescentes en actividades cívico-militares que realiza la fuerza pública.

La Corte realiza este llamado al verificar una denuncia de la Corporación Jurídica Humanidad Vigente y de la Fundación Regional de Derechos Humanos Joel Sierra. Ambas organizaciones advirtieron que entre 2021 y 2022, numerosos niños en los departamentos de Cauca, Arauca y Boyacá fueron vinculados en actividades como la juramentación de los patrulleritos escolares o en charlas y talleres dictados por policías y militares armados.

La magistrada Cristina Pardo, ponente del fallo, advierte que aunque las actividades cívicas de la fuerza pública tienen fines constitucionales, al brindar colaboración en asuntos educativos, sanitarios o humanitarios, también se pone en un riesgo muy alto a los niños que viven en territorios en conflicto.

La Corte precisa que si bien «las acciones cívico-militares de manera general no están prohibidas, sí lo están cuando se involucran en ellas niños, niñas y adolescentes, población vulnerable y sujeto de especial protección por parte del Estado, prohibición que se extiende a actividades recreativas, deportivas o educativas, entre otras».

Finalmente, la Corte Constitucional extiende los efectos de esta sentencia a las niñas, los niños y los adolescentes que residen en zonas que registran alteraciones de orden público.

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