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Uno, Dos, Tres

Tres | Jalón de orejas de una Corte a empresas por despidos durante fuero de maternidad

La Corte reiteró que en los casos de embarazo se deben proteger los derechos fundamentales a la estabilidad laboral y a la seguridad social

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La Corte Constitucional declaró hoy que el fuero por maternidad debe garantizarse en cualquier tipo de relación laboral o contractual.

El alto tribunal estudió el caso de dos mujeres embarazadas que fueron despedidas, la primera, con un contrato sindical y la segunda, con un contrato a término fijo con una empresa de servicios de aseo.

La Corte reiteró que en los casos de embarazo se deben proteger los derechos fundamentales a la estabilidad laboral y a la seguridad social.

Los magistrados explicaron que en sentencias previas se fijaron precedentes que señalan que en este tipo de casos se presume que el despido de una mujer gestante se debe a dicha condición, salvo que el empleador demuestre que no conocía del estado de embarazo, con certificación de un inspector laboral.

Así las cosas, la Corte ordenó el reintegro de las trabajadoras y el pago de las cotizaciones a la seguridad social adeudadas durante la licencia de maternidad.

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