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Política

Corte Constitucional aprobaría Estatuto de la Oposición

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Corte Constitucional aprobaría Estatuto de la Oposición
Foto tomada de Twitter:@fcarrilloflorez

Con ponencia favorable arrancará en la Corte Constitucional la discusión del Proyecto de Ley que creó el Estatuto de la Oposición y que fue aprobado en el Congreso vía Fast Track.

La corporación judicial deberá decidir si acoge la ponencia que presentó el magistrado Alejandro Linares, en la cual va dando vía libre a esa normativa.

En su proyecto de fallo conocido por CM&, el magistrado argumenta que el Estatuto de la Oposición no va en contravía de la Constitución y por el contrario se ajusta a los parámetros de conexidad establecidos en la implementación del Acuerdo de Paz.

Dentro de este proceso de revisión el procurador general, Fernando Carrillo, a través de concepto enviado al alto tribunal, solicitó que ese proyecto de ley sea aprobado al considerar que este garantiza “espacios de participación y los derechos de la oposición”.

Precisamente, el Estatuto de la Oposición se creó con el objetivo de establecer las garantías mínimas para que los partidos que estén en la orilla opuesta al Gobierno de turno puedan ejercer sus derechos.

En este se determinó que “habrá una Procuraduría Delegada para los Derechos de la Oposición” cuya labor será supervisar que se respeten dichos derechos políticos de los partidos y movimientos que se declaren oficialmente en oposición al presidente electo.

Tales garantías son:
  1. Los partidos políticos independientes, que no están ni en el Gobierno ni en la oposición contarán con derecho al acceso a medios de comunicación y a seleccionar candidatos para la comisión asesora de relaciones exteriores compuesta principalmente por Congresistas de la República. No podrán ser designados en altos cargos del Gobierno mientras se mantengan como independientes.
  2. Para los partidos declarados en oposición se destinará una partida adicional al Fondo Nacional de Financiación Política, equivalente al 5% del monto del financiamiento permanente de los movimientos políticos y se repartirán en partes iguales entre todas las agrupaciones políticas. Se les deberá asignar espacios en medios de comunicación del Estado.

 Tras una alocución presidencial, contarán con 20 minutos de trasmisión y tendrán 48 horas posteriores para controvertir la posición del Gobierno. Tendrán derecho a la réplica y la garantía de su difusión.

Contarán con acceso a los medios de comunicación de corporaciones públicas y a una sesión exclusiva para exponer su postura sobre el informe de cumplimiento de metas del Plan de Desarrollo y ejecución del presupuesto.

  1. Las agrupaciones políticas que inscribieron al candidato electo como Presidente de la República, gobernador o alcalde se clasificarán como de Gobierno o en coalición de Gobierno.

PAOLA SANTOFIMIO – CM&

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