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Uno, Dos, Tres

Dos | Las complicaciones que han surgido para la representación de la FARC en el próximo Congreso

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La adjudicación de las diez curules que ocuparán, cinco en Senado y 5 en Cámara, los congresistas del nuevo partido Fuerza Alternativa Revolucionaria de Colombia (FARC) parece un procedimiento sencillo, pero está resultando muy complicado.

Una reforma constitucional de 2017 estableció que si la lista que inscriba para el Senado el movimiento político FARC no alcanza a obtener cinco curules, el Consejo Nacional Electoral le asignará las que hicieren falta para completar un mínimo de cinco miembros.

Y agrega lo siguiente: «En todo caso, estas cinco curules serán siempre adicionales al número de miembros del Senado de la República señalado en el artículo 171 de la Constitución Política».

Hasta ahí, parece un ejercicio fácil, asignarle esas cinco curules a la FARC. El problema surge cuando se hace el ejercicio sobre una hipotética alta votación por el partido FARC, que le llegare a alcanzar para ocupar más de cinco curules en el Senado. Aunque en los círculos políticos se descarta esta posibilidad, en el acto legislativo mencionado se contempla esa eventualidad.

La disposición dice lo siguiente: «Si la lista de la FARC obtuviere un número de curules superior a las cinco mínimas que establece el acuerdo de paz, aquellas que superen este número serán asignadas y descontadas de las cien curules de la circunscripción ordinaria del Senado».

Ante una consulta que hizo la Registraduría Nacional, el Consejo Nacional Electoral respondió precisando el mecanismo que acabamos de reseñar, pero aclararon voto cuatro de los magistrados; esto quiere decir que esos cuatro magistrados, que son Ángela Hernández Sandoval, Gloria Inés Gómez Ramírez, Yolima Carrillo Pérez y Armando Novoa García, no están totalmente de acuerdo con la posición de los otros magistrados; «[…] es decir, si la FARC obtiene en la contienda por votación, por ejemplo, ocho (8) curules, se deberá aplicar la cifra repartidora solo sobre noventa y siete (97) curules, excluyendo en todo caso la votación obtenida por el partido de la FARC [… ] en este caso, en la segunda operación de asignación de curules, el umbral, cociente electoral y, por ende, la cifra repartidora, serán diferentes al del primer ejercicio, pues habrá menos votos para la repartición efectiva de las curules y la misma se realizará sobre un número menor al de las cien (100) ordinarias».

Leí el texto oficial. ¿Entendieron? ¡No! Cero, nada, nada de nada. Y todo parece indicar que en el Consejo Nacional Electoral tampoco, ¡por eso están divididos! ¡Háganme el favor!

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