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Uno, Dos, Tres

Tres | La invasión de una propiedad es considerada por la Corte como violencia contra una mujer

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La Corte Suprema de Justicia acaba de ratificar una condena de dos años de prisión contra un hombre que invadió una propiedad de su expareja sentimental. 

El condenado había adquirido una vivienda con su entonces pareja en el municipio de Sabanalarga (Atlántico); en el año 2009, le vendió su parte del lote a ella, debido a que se había radicado en otro país y habían finalizado su relación, pero dos años después, en 2011, el hombre regresó e irrumpió de manera forzosa en el inmueble de su excompañera e impidió el ingreso de sus antiguos inquilinos. 

La Sala Penal de la Corte en su fallo conocido hoy dijo lo siguiente: 

«La conducta punible de la que se responsabiliza al acusado emerge como una específica forma de violencia de género que afecta claramente los derechos económicos y patrimoniales de la víctima […] Simplemente y sin importar que incurría en delito, con caracterizado machismo impuso su voluntad sobre la persona y los derechos de la mujer que fuera su compañera permanente». 

La excompañera, pues, regresa a su casita. 

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