Ad
Ad
Ad
Ad
Uno, Dos, Tres

Uno | El Consejo Nacional Electoral, dividido por los recursos anticipados a Humberto de la Calle. Como no pasó el umbral, ¿los debe devolver?

Ad

Polémica jurídica sobre la devolución que tendría que hacer el candidato Humberto de la Calle de los recursos que le anticipó el Consejo Nacional Electoral, como parte de la financiación estatal de su campaña.

No hay unanimidad sobre ese tema. Unos magistrados opinan que es una actitud irresponsable que alguien diga que De la Calle tiene que devolver los $ 9000 millones que le dieron de anticipo para financiar su campaña. Otros dijeron que la ley señala que los anticipos deben devolverse si no se pasa el umbral, que equivale a obtener mínimo el 4 % del total de votos válidos. De la Calle apenas logró el 2,6 % por los 399.180 votos que obtuvo ayer en la elección presidencial. Una ley obliga devolver el anticipo, si no obtiene el umbral. Pero una ley estatutaria posterior, la 1475 de 2011, determina lo siguiente: «El beneficiario del anticipo deberá devolverlo en su totalidad dentro de los tres meses siguientes a la declaratoria de la elección […] excepto en el caso de las campañas presidenciales, en las que no habrá lugar a la devolución del monto recibido por concepto de anticipo».

La Corte Constitucional, además, declaró exequible ese artículo.

Sera el próximo Consejo Electoral, que elegirá el Congreso en agosto, el que resuelva si hay lugar o no a devolución. Pero, para tranquilidad del dirigente liberal, parece que el fallo de la Corte lo libera de la devolución.

Temas Relacionados:

Ad
Síguenos en nuestro canal de WhatsAppSíguenos en Google News