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La Comisión Nacional de Disciplina Judicial archivó un proceso disciplinario que cursaba contra un abogado que perjudicó a su cliente por no haberse presentado a una audiencia.
El abogado Marcos Fabián Lozano Rodríguez tenía una dolorosa razón para no asistir a la diligencia: su hija mayor había fallecido. Aunque en primera instancia el jurista fue absuelto, el cliente insistió ante la justicia para que sancionaran a su defensor.
El caso llegó al despacho del magistrado Mauricio Fernando Rodríguez, de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial; el magistrado advirtió que la excusa del abogado estaba plenamente justificada por su luto. Planteó, además, la siguiente tesis: «Valdría la pena que en el futuro pudiera evaluarse legislativamente la posibilidad de incluir expresamente como causal de interrupción del proceso judicial la ocurrencia de ciertas situaciones que trastocan o afectan el alma».
El fallo advierte que «el acompañamiento de un familiar en las horas de luto» es una expresión apenas lógica del derecho a la dignidad humana.